¿Estoy legalmente obligado a pagar la universidad de mi hijo?

Recientemente recibí esta pregunta de una persona cuyo hijo se graduó temprano de la escuela secundaria, a los 17 años. El niño todavía vive en casa y ahora se está preparando para emprender su carrera universitaria. A la madre le preocupaba estar obligada a pagar la universidad del niño porque el niño todavía vive en casa y después de graduarse temprano de la escuela secundaria.

Entonces, ¿el padre con custodia está obligado a pagar la matrícula de su hijo? La respuesta a esta pregunta es un “no” definitivo. Ninguno de los padres está legalmente obligado a pagar la matrícula o los gastos universitarios de un niño. La única excepción rara puede ser que si antes de que sus hijos comiencen la universidad, los padres llegan a un acuerdo de que uno de los padres individualmente o ambos serán responsables de pagar la matrícula del niño. Incluso en este caso, el acuerdo no es legalmente vinculante a menos que se presente en un documento formal, se firme y se presente ante el tribunal.

Para resumir, independientemente del divorcio, un cambio en la custodia, un cambio en la manutención de los hijos o varias otras circunstancias de la ley familiar, ningún padre se vuelve automáticamente obligado a pagar la matrícula o los gastos universitarios de su hijo, a menos que se indique lo contrario en un tribunal legalmente vinculante. -documento pedido.

Si tiene preguntas sobre el divorcio, la custodia de los hijos, la manutención de los hijos u otro tema de derecho familiar, no dude en ponerse en contacto con nuestra oficina para analizar su situación particular en detalle. Puede comunicarse con nuestra oficina al (702) 998-1188, info@ljlawlv.com, o programando una consulta en línea.

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