¿Debo tener una cierta cantidad de deuda antes de poder declararme en bancarrota?

Una cantidad que constituye una deuda “abrumadora” o “significativa” puede ser diferente para diferentes personas en diferentes situaciones financieras. Por esa razón, la opción de declararse en bancarrota está disponible para aquellos con cualquier monto de deuda. Dicho esto, cada tipo de bancarrota lleva su propio conjunto de requisitos para calificar para la presentación. Por lo tanto, en algunos casos, los límites de deuda desempeñan un papel en la capacidad de una persona para presentar un tipo particular de bancarrota.

Bancarrota capitulo 13

En una bancarrota del Capítulo 13, específicamente, si bien no puede haber un mínimo en la cantidad de deuda que uno tiene que calificar, hay un máximo. Cada tres años, el límite de la deuda de Bancarrota del Capítulo 13 se ajusta para tener en cuenta la inflación, sin embargo, los límites a abril de 2019 son los siguientes:

  • El total de todas las deudas garantizadas no puede exceder de $ 1,257,850.
  • El total de todas las deudas no garantizadas no puede exceder de $ 419,275
  • Para obtener más información sobre las deudas aseguradas v. Sin garantía, haga clic aquí.

Bancarrota del capitulo 7

Si bien un límite de deuda no le impide presentar la bancarrota del Capítulo 7, otros factores pueden hacerlo. Para calificar para una bancarrota del Capítulo 7, uno debe pasar una “prueba de medios”. Para obtener más información sobre cómo calificar para la bancarrota del Capítulo 7, haga clic aquí.

Para obtener más información sobre la diferencia entre el Capítulo 7 y el Capítulo 13 de Bancarrota, haga clic aquí.

Si está experimentando una deuda abrumadora y está considerando la bancarrota, nuestro equipo puede ayudarlo. Nuestros abogados con experiencia en bancarrota pueden ayudarlo a determinar el tipo correcto de bancarrota para su situación u ofrecer estrategias creativas para que un tipo particular de bancarrota funcione para usted. Programe una reunión para hablar con nuestros abogados con experiencia en bancarrota al comunicarse con nosotros al (702) 998-1188, info@ljlawlv.com, o programar una consulta en línea.

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